Santo Domingo. República Dominicana. Radiografía Al Día.- El Colegio Médico Dominicano (CMD) y sus Sociedades Médicas Especializadas informaron que elevarán ante el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) un recurso de reconsideración a disposiciones contenidas en la Normativa sobre Infracciones y Sanciones aprobadas el pasado 15 de febrero mediante la resolución 584-03.
Dicha normativa aprobada con el voto disidente del representante del CMD tiene por objeto “establecer cada una de las infracciones así como la gravedad y monto de las sanciones a ser aplicadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) tanta a las Administradoras de Riesgo de Salud y el IDOPPRIL, como a Prestadores de Servicios de Salud (Médicos y Clínicas) vinculados al Seguro Familiar de Salud y al de Riesgos Laborales”.
En ese sentido, el CMD y las sociedades médicas calificaron como «altamente sospechoso» que de las 37 infracciones listadas para las ARS/IDOPPRIL solo 6 son tipificadas como graves, 15 moderadas y 16 leves, mientras que a los prestadores de las 28 enumeradas 9 se consideran graves, 12 moderadas y solo 7 leves.
«A primera vista, esto refleja una proclividad de la normativa a no afectar los intereses de las ARS/IDOPPRIL, las cuales solo operan como intermediarias en la Seguridad Social y continúan beneficiándose de la mayoría de disposiciones emanadas desde el CNSS», argumentaron los galenos en un comunicado.
Asimismo, aseguran que la normativa fue elaborada por la Comisión Permanente de Reglamentos del CNSS, donde el CMD no cuenta con representantes, aprobando una serie de sanciones para los prestadores de servicios de salud que atentan directamente contra el ejercicio de la profesión médica y las actividades regulares de los centros de salud.
Al respecto, el doctor Waldo Ariel Suero, presidente del CMD, indicó que la normativa contenida en la resolución 584-03 del CNSS, en muchos casos, no hace distinción entre prestadores institucionales (centros de salud) y los profesionales médicos, para los cuales contempla sanciones incluso penales y en otros casos multas de hasta RD$5,800,000, permitiendo además que las mismas ARS/IDOPPRIL le apliquen esas sanciones económicas a los prestadores, sin identificar a quien le entregarán ellas el dinero retenido a los médicos y los centros de salud.